Luego de 4 años de atraso y varios intentos de aprobación en sesiones de este año, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, aprobó en sesión extraordinaria del 1º de septiembre de 2005 los artículos que faltaban aprobar para que quede sancionada la "Ley de Comunas" en la Ciudad de Buenos Aires.
La División
La discusión restante era la cantidad de distritos en que se dividiría la ciudad (las propuestas iban de 5 a 47) y cuándo se convocaría a las primeras elecciones de autoridades. Finalmente la Ciudad quedó constituida de 15 comunas y las primeras elecciones se convocarían en el 2006, descartando entonces que se realicen este año. El número de comunas que ha sido votado coincide con el proyecto presentado por el legislador Milcíades Peña (Partido Confluencia) y se asemejaba al que quería el kirchnerismo de 16 comunas.
Funcionamiento
A partir del 2007 entonces, cada comuna tendrá sus autoridades elegidas por los vecinos de los barrios que son partícipes y tendrán un 5% del presupuesto total de la ciudad para administrar por los primeros dos años. Las comunas serán gobernadas por un órgano colegiado cuyos 7 miembros serán elegidos cada cuatro años por el voto directo de los habitantes de cada comuna, y no podrán ser reelectos sino con el intervalo de cuatro años. También existirá la figura de Consejo Comunal formado por vecinos y ONGs adhonorem. Cada Comuna será un organismo que decide por sí mismo sobre los temas y necesidades de su barrio.
Villa del Parque en las comunas
Nuestro barrio estuvo al comienzo de la discusión de las comunas por ser dividido en dos dado que se quería utilizar los límites actuales de los CGPs, pero los vecinos y ONGs han dado cuenta del gran problema que esto traería y la postura se cambió.
Villa del Parque formará parte de la Comuna Nº 11 de la Ciudad de Buenos Aires, junto a los barrios de Villa Devoto, Villa Santa Rita y Villa Gral. Mitre.
Los límites de la comuna serían: Av. Gral. Paz, Campana, Av. San Martín, Arregui, Gavilán, Av. Alvarez Jonte, Av. San Martín, Av. Juan B. Justo, Av. Donato Alvarez, Joaquín V. Gonzalez, Baigorria, Av. Lope de Vega.
Junta Comunal
Es requisito para ser candidato/a, vivir desde hace por lo menos dos años en el territorio de la Comuna (extraordinariamente en la primer elección este requisito fue eliminado). Será votado por los vecinos de la comuna en fecha a designar por la Legislatura, antes del 31 de diciembre de 2006.
Consejo Comunal
Cada Comuna tendrá un Consejo Comunal compuesto por vecinos comunes (el origen de la palabra Comuna en nuestra historia criolla viene justamente de la gente común o “del común”). La organización y el reglamento lo decidirán todos los vecinos que quieran participar. En los Consejos Comunales no se podrá negar pertenencia ni excluir a ninguna organización vecinal o vecino independiente que quiera participar. Cada Consejo Comunal será el encargado de elaborar el Plan de Acción Anual de la Comuna, el Presupuesto correspondiente y de controlar que la Junta Comunal lo cumpla.
Todas las Comunas
Comuna 1: Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, Monserrat, San Telmo y Constitución.
Comuna 2: Recoleta.
Comuna 3: Balvanera y San Cristóbal.
Comuna 4: Nueva Pompeya, Parque Patricios, Barracas y La Boca.
Comuna 5: Almagro y Boedo.
Comuna 6: Caballito.
Comuna 7: Flores y Parque Chacabuco.
Comuna 8: Villa Lugano, Villa Riachuelo y Villa Soldati.
Comuna 9: Liniers, Mataderos y Parque Avellaneda.
Comuna 10: Villa Real, Versalles, Monte Castro, Villa Luro, Vélez Sarsfield y Floresta.
Comuna 11: Villa Devoto, Villa del Parque, Villa Santa Rita y Villa Mitre.
Comuna 12: Villa Pueyrredón, Villa Urquiza, Coghlan y Saavedra.
Comuna 13: Colegiales, Belgrano y Núñez.
Comuna 14: Palermo.
Comuna 15: Agronomía, Paternal, Villa Crespo, Chacarita, Villa Ortúzar y Parque Chas. |